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V.4o.P.A.6 P (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal

VIDEOGRABACIONES DE LAS AUDIENCIAS DESAHOGADAS EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO CONTENIDAS EN DISPOSITIVOS DE ALMACENAMIENTO DIGITAL SIN AUTENTICAR. CONDICIÓN PARA SU EFICACIA PROBATORIA AL RESOLVER SOBRE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Agosto de 2025; Tomo V, Volumen 2; Pág. 1712

Precedentes

Queja 88/2025. 19 de mayo de 2025. Unanimidad de votos. Ponente: Óscar Javier Sánchez Martínez. Secretaria: Brenda Ibarra Zavala. Queja 90/2025. 23 de mayo de 2025. Unanimidad de votos. Ponente: Gabriel Alejandro Palomares Acosta. Secretaria: Ma. Guadalupe Torres Arenas. Queja 106/2025. 10 de junio de 2025. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Fernando Zúñiga Padilla. Secretaria: Isabel Núñez Othón. Nota: La sentencia relativa a la queja 3/2022 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 13 de octubre de 2023 a las 10:23 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 30, Tomo II, octubre de 2023, página 1337, con número de registro digital: 31835. El Acuerdo General 12/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo citado, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 7 de agosto de 2020 a las 10:15 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 77, Tomo VII, agosto de 2020, página 6558, con número de registro digital: 5473. Este criterio ha integrado la jurisprudencia V.4o.P.A. J/4 P (12a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 21 de noviembre de 2025 a las 10:32 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Duodécima Época, Libro 3, noviembre de 2025, Tomo III, Volumen 1, página 295, de rubro: “VIDEOGRABACIONES DE LAS AUDIENCIAS DESAHOGADAS EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO CONTENIDAS EN DISPOSITIVOS DE ALMACENAMIENTO DIGITAL SIN AUTENTICAR. CONDICIÓN PARA SU EFICACIA PROBATORIA AL RESOLVER SOBRE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL.”

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