Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
PR.CRT. J/9 A (11a.)Jurisprudencia12a. ÉpocaPlenos RegionalesAdministrativa, Común

AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES (IFETEL) MEDIANTE LA CUAL OTORGA PRÓRROGA A LA VIGENCIA DE UNA CONCESIÓN PARA USAR, APROVECHAR Y EXPLOTAR LAS BANDAS DE FRECUENCIA DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO.

[J]; 12a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 2, Octubre de 2025; Tomo III, Volumen 1; Pág. 245

Precedentes

Contradicción de criterios 5/2025. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República. 1 de julio de 2025. Mayoría de dos votos de la Magistrada Irma Leticia Flores Díaz y del Magistrado Marco Antonio Rodríguez Barajas. Disidente: Magistrado José Luis Cruz Álvarez, quien formuló voto particular. Ponente: Magistrada Irma Leticia Flores Díaz. Secretario: Mario Rafael Sulvaran Viñas. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, al resolver el amparo en revisión 695/2022, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, al resolver los amparos en revisión 463/2023 y 151/2020.

→ Más tesis en materia administrativa