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P./J. 26/2026 (12a.)Jurisprudencia12a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

INTERVENCIÓN DE COMUNICACIONES PRIVADAS. LA SOLICITUD DE ESA MEDIDA DELEGADA A DISTINTAS UNIDADES MINISTERIALES DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA EN COMBATE A LA CORRUPCIÓN DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, VULNERA EL ARTÍCULO 16, PÁRRAFO DÉCIMO TERCERO, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

[J]; 12a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Marzo de 2026; Tomo III, Volumen 1; Pág. 428

Precedentes

Acción de inconstitucionalidad 29/2025. Comisión Nacional de los Derechos Humanos. 4 de noviembre de 2025. Unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Sara Irene Herrerías Guerra, Irving Espinosa Betanzo, María Estela Ríos González, Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama, Loretta Ortiz Ahlf, Giovanni Azael Figueroa Mejía, Arístides Rodrigo Guerrero García y Hugo Aguilar Ortiz. Ponente: Arístides Rodrigo Guerrero García. Secretarios: Saúl Armando Patiño Lara y Cristian Alberto Meza Jiménez. El Comité de Revisión, Aprobación y Numeración de Tesis, el trece de marzo de dos mil veintiséis, aprobó, con el número 26/2026 (12a.), la tesis jurisprudencial que antecede. Ciudad de México, a trece de marzo de dos mil veintiséis.