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I.3o.C.83 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

INTERDICTO DE RETENER LA POSESION. PERTURBACION COMO ELEMENTO DEL, NO LO CONSTITUYE LA REALIZACION DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS Y JUDICIALES.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Febrero de 1996; Pág. 434

Precedentes

Amparo directo 6943/95. Irma A. Desachy Espíndola. 11 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: María Soledad Hernández de Mosqueda. Secretario: Régulo Pola Jesús.