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VI.1o.P.8 K (11a.)Tesis Aislada12a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
2032448
Clave de tesis
VI.1o.P.8 K (11a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
12a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación
Publicación
2026-08-07

AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. DEBE OTORGARSE A LA PARTE QUEJOSA EL PLAZO DE 15 DÍAS PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 17 Y 111, FRACCIÓN II, DE LA LEY DE AMPARO, CUANDO DEL INFORME JUSTIFICADO SE ADVIERTA UN NUEVO ACTO DE AUTORIDAD VINCULADO AL RECLAMADO INICIALMENTE.

[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación

Precedentes

Amparo en revisión 225/2024. 31 de julio de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Gabriel Alejandro Zúñiga Romero. Secretario: Juan Daniel Camacho Cruz. Amparo en revisión 54/2025. 5 de junio de 2025. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandra Jarquín Carrasco. Secretaria: María de Jesús Mendiola Retana.

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Registro digital (IUS): 2032448 · Publicación: 2026-08-07