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P./J. 170/2026 (12a.)Jurisprudencia12a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral
Registro digital (IUS)
2032466
Clave de tesis
P./J. 170/2026 (12a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
12a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Laboral
Fuente
[J]; 12a. Época; Pleno; Semanario Judicial de la Federación
Publicación
2026-08-07

PRUEBA DE INSPECCIÓN EN MATERIA LABORAL. EL ARTÍCULO 827, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO DEBE INTERPRETARSE DE MANERA FUNCIONAL EN ATENCIÓN AL PRINCIPIO DE REALIDAD.

[J]; 12a. Época; Pleno; Semanario Judicial de la Federación

Precedentes

Contradicción de criterios 276/2025. Entre los sustentados por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito (Región Centro-Norte) y el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Región Centro-Sur). 19 de marzo de 2026. Unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Sara Irene Herrerías Guerra, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Irving Espinosa Betanzo, María Estela Ríos González, Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama, Loretta Ortiz Ahlf, Giovanni Azael Figueroa Mejía, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Arístides Rodrigo Guerrero García y Presidente Hugo Aguilar Ortiz, quien reservó su derecho para formular voto concurrente. Ponente: Arístides Rodrigo Guerrero García. Secretarios: Adalberto Méndez López y Miguel Ángel Antemate Mendoza. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, al resolver el amparo directo 279/2024, y El sustentado por el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 61/2019, el cual dio origen a la tesis aislada I.13o.T.219 L (10a.), de rubro: "PRUEBA DE INSPECCIÓN JUDICIAL EN MATERIA LABORAL. EL SEÑALAMIENTO DE SU OBJETO ES UN REQUISITO QUE DEBE INDICARSE AL OFRECERLA, SIN QUE ESTÉ IMPLÍCITO AL FIJAR LOS HECHOS O CUESTIONES QUE SE PRETENDEN ACREDITAR [ABANDONO DEL CRITERIO SOSTENIDO EN LA TESIS AISLADA I.13o.T.197 L (10a.)].", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 16 de agosto de 2019 a las 10:24 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 69, Tomo IV, agosto de 2019, página 4624, con número de registro digital: 2020419. El Comité de Revisión, Aprobación y Numeración de Tesis, en sesión de tres de julio de dos mil veintiséis, y las personas Ministras que integran el Pleno de este Tribunal, aprobaron, con el número 170/2026 (12a.), la tesis jurisprudencial que antecede. Ciudad de México a cinco de agosto de dos mil veintiséis.

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Registro digital (IUS): 2032466 · Publicación: 2026-08-07