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VIII.3o.P.A.4 A (12a.)Tesis Aislada12a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Constitucional
- Registro digital (IUS)
- 2032567
- Clave de tesis
- VIII.3o.P.A.4 A (12a.)
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 12a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Materia
- Administrativa, Constitucional
- Fuente
- [TA]; 12a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación
- Publicación
- 2026-08-28
PASAPORTE ORDINARIO PARA PERSONAS MENORES DE EDAD. LA NEGATIVA DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES (SRE) DE INICIAR SU TRÁMITE CON BASE EN SUPUESTAS INCONSISTENCIAS RESPECTO DE LA IDENTIDAD DE SU MADRE, CONSTITUYE UNA LIMITACIÓN ARBITRARIA A SUS DERECHOS A LA IDENTIDAD, A LA NACIONALIDAD Y A LA LIBERTAD DE TRÁNSITO O CIRCULACIÓN.
[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación
Hechos: Una mujer con doble nacionalidad (mexicana y estadounidense) acudió ante la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) con el fin de obtener su pasaporte y el de sus hijas menores de edad. Dicha autoridad se negó a iniciar el trámite respectivo y le informó de manera verbal que aparentemente su acta de nacimiento mexicana presentaba inconsistencias en relación con la expedida en el extranjero. Contra esa negativa promovió amparo indirecto por derecho propio y en representación de sus hijas. Argumentó que la omisión de iniciar el trámite de emisión de los pasaportes es contraria a sus derechos a la identidad y al libre tránsito. El Juzgado de Distrito sobreseyó el juicio. Estimó que el acto reclamado no existe, porque no hay registro de que haya iniciado algún trámite para obtener los pasaportes. En desacuerdo, la quejosa interpuso recurso de revisión.
Criterio jurídico: La negativa de la SRE de iniciar el trámite para que una persona menor de edad obtenga su pasaporte, con base en supuestas inconsistencias respecto de la identidad de su madre, constituye una limitación arbitraria a sus derechos a la identidad, a la nacionalidad y a la libertad de tránsito o circulación.
Justificación: Todas las personas son titulares de los derechos humanos a la identidad y a la libertad de tránsito o circulación, los cuales pueden ejercerse a través de la obtención de un pasaporte, el cual se expide por la SRE para acreditar su identidad y nacionalidad, y constituye un requisito indispensable para salir de cualquier país, incluido el propio, razón por la que las restricciones a dichos derechos únicamente pueden ser las previstas en la ley, que sean compatibles con los demás derechos humanos y necesarias en una sociedad democrática. Por ello, la negativa a iniciar el trámite para la obtención de un pasaporte cuando una persona menor de edad comparece cumpliendo con los requisitos que prevé el artículo 18 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, con base en supuestas inconsistencias respecto de la identidad de su madre, constituye una interferencia injustificada en el goce y ejercicio de los derechos humanos referidos, pues dicha cuestión no le es atribuible.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 623/2025. 19 de febrero de 2026. Unanimidad de votos de las personas Magistradas Jazmín Ramos Cortez, Miguel Negrete García y Francisco Alberto Santamaría Ibarra. Ponente: Miguel Negrete García. Secretario: Juan Pablo Alemán Izaguirre.