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IV.2o.18 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

SUSPENSION DE LABORES. NO CONSTITUYE DESPIDO INJUSTIFICADO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Febrero de 1996; Pág. 489

Precedentes

Amparo directo 930/95. Alejandro Ramírez Valenzuela. 31 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Barocio Villalobos. Secretaria: María Mercedes Magaña Valencia.

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