VI.2o.28 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
ACCION CIVIL. FALTA DE PRUEBA DE LA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Enero de 1996; Pág. 251
Si la acción civil promovida en el juicio de origen es declarada improcedente por la autoridad responsable, ello provoca que resulte ocioso e irrelevante valorar las pruebas ofrecidas por la parte actora relativas al fondo del asunto, pues el análisis de dichas probanzas a nada práctico conduciría ya que el sentido del fallo no variaría.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 541/95. Silvano Analco Sánchez y Margarita López Casquera. 29 de noviembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: María Eugenia Estela Martínez Cardiel. Secretario: Enrique Baigts Muñoz.