VIII.2o.11 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
AUDIENCIA DE DISCUSION Y VOTACION DEL PROYECTO DEL LAUDO, CONSTITUYE UNA FORMALIDAD ESENCIAL DEL PROCEDIMIENTO LABORAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Enero de 1996; Pág. 262
La audiencia de discusión y votación del proyecto del laudo a que se refieren los artículos
887 y 888, de la Ley Federal del Trabajo
, constituye una formalidad esencial del procedimiento que debe ser observada antes de dictar esa resolución en un procedimiento laboral, aun si el laudo reclamado en el juicio de garantías se emitió en cumplimiento de una ejecutoria de amparo, si se tiene en cuenta que las Juntas de Conciliación y Arbitraje, por ser órganos colegiados, deben discutir y votar el proyecto de resolución, con la finalidad de llegar a una decisión, que en su oportunidad se elevará a la categoría de laudo; de aquí que el omitir la celebración de la audiencia a que se refieren los preceptos legales aludidos, constituya una violación que trasciende al resultado del fallo, al faltar a éste, esos elementos esenciales que determinan la decisión.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 601/95. Almacenes Fronterizos de Refacciones de Acuña, S.A. de C.V. 30 de noviembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Elías H. Banda Aguilar. Secretaria: Elda Mericia Franco Mariscal.