II.2o.C.T.13 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
EMBARGO. TRABADO SOBRE UN BIEN QUE ES PATRIMONIO DEL EJECUTADO, DEBE SUBSISTIR EL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Enero de 1996; Pág. 284
Si el actor trabó embargo sobre un bien que pertenece al patrimonio del ejecutado, y éste con posterioridad sobre ese bien celebra un contrato de transacción y dación en pago a un tercero, se considera que el embargo debe subsistir en razón de que cuando se llevó a cabo el mismo, el bien aún le pertenecía a la ejecutada.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 844/95. Carlos Rodríguez Cedillo. 13 de septiembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretaria: E. Laura Rojas Vargas.