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II.1o.C.T.24 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

CERTIFICACION EN CUENTA BANCARIA; NO SE PUEDE EXIGIR SI LOS PAGOS NO SE REALIZARON.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Diciembre de 1995; Pág. 497

Precedentes

Amparo directo 377/95. Bancomer, S.A. 25 de mayo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Isaac Gerardo Mora Montero.

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