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XVI.2o.7 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

COMODA DIVISION. QUE DEBE ENTENDERSE POR. (LEGISLACION PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Diciembre de 1995; Pág. 500

Precedentes

Amparo directo 512/95. Consuelo y Juana Cadena González. 8 de septiembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Froylán Guzmán Guzmán. Secretario: Gildardo García Barrón.