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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 9 de julio de 2004, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 81/2004-SS en que participó el presente criterio.

XII.2o.7 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
203852
Clave de tesis
XII.2o.7 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Noviembre de 1995; Pág. 590

REMATES, POSTORES EN LOS. INTERES JURIDICO PARA EL AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Noviembre de 1995; Pág. 590

Precedentes

Amparo en revisión 89/95. Jaime Herrera González. 17 de octubre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Abraham S. Marcos Valdés. Secretaria: María Isabel González Rodríguez. Nota: Por ejecutoria de fecha 9 de julio de 2004, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 81/2004-SS en que participó el presente criterio.

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Registro digital (IUS): 203852