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I.3o.C.47 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

APELACION EXTRAORDINARIA, EL ARTICULO 965, FRACCION II, DEL CODIGO ADJETIVO CIVIL, NO IMPLICA EL ESTABLECIMIENTO DE DISPOSICIONES PRIVATIVAS, EN LOS JUICIOS DE ARRENDAMIENTO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Octubre de 1995; Pág. 483

Precedentes

Amparo directo 4553/95. José Trinidad Torres Montoya. 14 de septiembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis García Vasco. Secretario: Miguel Angel Castañeda Niebla.