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X.1o.11 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

DETENCION ARBITRARIA. NO ES REPARABLE EN AMPARO DIRECTO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Octubre de 1995; Pág. 523

Precedentes

Amparo directo 470/95. Miguel Angel Arcos Caraveo. 14 de septiembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Hernández Piña. Secretario: Sergio Armando Martínez Vidal.

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