VIII.2o.12 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
MANDATO GENERAL O JUDICIAL PARA COMPARECER ANTE LOS TRIBUNALES EN ASUNTOS DEL ORDEN CIVIL. DEBE RECAER EN UN LICENCIADO EN DERECHO CON TITULO REGISTRADO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE DURANGO).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Octubre de 1995; Pág. 573
Conforme a los artículos 20 de la Ley de Profesiones para el Estado de Durango y 46 del Código de Procedimientos Civiles para la misma entidad federativa, para estar en aptitud de comparecer como mandatario general o judicial en juicios del orden civil, se requiere tener título de licenciado en derecho, ya que sólo es factible la representación legal de personas morales e incapaces en los términos jurídicos respectivos, por lo cual carece de personalidad quien comparece a juicio, en los asuntos aludidos, como apoderado general o judicial sin tener el título de referencia.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 371/95. Alma Rosina Yassin Yaujar. 21 de septiembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Rodríguez Olmedo. Secretario: Antonio López Padilla.
Nota: Por ejecutoria de fecha 15 de agosto de 2007, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 126/2006-PS en que participó el presente criterio.