XIX.1o.1 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRUEBA TESTIMONIAL, DESAHOGO DE LA. INTERPRETACION DEL ARTICULO 815, FRACCION I DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Octubre de 1995; Pág. 602
Una recta interpretación del artículo
815, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo
permite establecer que la obligación del oferente de la prueba testimonial no implica que en el día, hora y minuto señalados por el tribunal responsable necesariamente tenga que presentar los testigos propuestos; ya que tal rigorismo formal quebrantaría los principios de verdad sabida, buena fe guardada, equidad y equilibrio procesal.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 444/95. Eduardo Murillo Guimbarda. 16 de agosto de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Aurelio Sánchez Cárdenas. Secretaria: Elvira Concepción Pasos Magaña.