III.1o.P.9 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
SUSPENSION, EFECTOS DE LA. TRATANDOSE DE UNA ORDEN DE APREHENSION LIBRADA POR UN DELITO CONSIDERADO COMO GRAVE.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Octubre de 1995; Pág. 639
Es del todo ilegal que el juez federal la conceda para el efecto de que los quejosos "se presenten presos en el Reclusorio Preventivo", para la prosecución del proceso, que ellos estiman violatorio de sus garantías, pues los efectos de tal medida no son los de agravar la situación en la que se encuentren y lo dispuesto por el artículo
136 de la Ley de Amparo
, debe entenderse en el sentido de que, en esos casos, solamente cuando tienen el carácter de detenidos deben quedar a disposición del juez del proceso para la continuación del mismo y a disposición del juez de amparo por lo que respecta a su libertad, en el lugar que éste señale.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión 62/95. Luis Castillo Nieves y Margarita Vizcarra Villalobos. 11 de mayo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas. Secretario: Francisco Javier Ruvalcaba Guerrero.
Nota: Por ejecutoria de fecha 4 de abril de 2001, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 67/2000 en que participó el presente criterio.