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I.5o.C.19 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

ARRENDAMIENTO. APELACION. LA RESOLUCION QUE DECLARA SU DESERCION NO REQUIERE DE NOTIFICACION PERSONAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Septiembre de 1995; Pág. 518

Precedentes

Amparo directo 3625/95. Raúl Bañuelos Fernández. 4 de agosto de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretaria: María Guadalupe Gama Casas.