I.1o.T.7 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
BENEFICIARIO DEL TRABAJADOR FALLECIDO. TRATANDOSE DE CONYUGES, CUANDO CONCURREN VARIOS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 477
Cuando coexisten varios contratos civiles de matrimonio del de cujus, no estando disuelto o declarado nulo el primero vigente de ellos al tiempo de celebrarse el o los demás, la autoridad laboral debe tener como válido el primero en tiempo y declarar al cónyuge de éste como beneficiario del extinto trabajador, con exclusión de cualquier otro, en términos del artículo
501, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo
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PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 861/95. Rosalva María Quiñones viuda de Sánchez. 23 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez. Secretario: Carlos Gregorio Ortiz García.