XX.25 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
DOCUMENTOS EN IDIOMA EXTRANJERO PRESENTADOS EN JUICIO. CORRESPONDE AL INTERESADO EFECTUAR LAS TRADUCCIONES EN EL OFRECIMIENTO Y DESAHOGO DE LOS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 509
Es inexacto que sea obligación del órgano jurisdiccional efectuar las traducciones de los documentos que en idioma extranjero vengan a juicio, en razón de que, dicha traducción es una carga procesal que corresponde al interesado en el ofrecimiento y desahogo de la documental que obra en idioma extranjero, por tanto, si el recurrente fue omiso en realizar la traducción en comento, debe estarse a las consecuencias de esa omisión.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 144/95. Fernando de la Fuente España. 16 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Luis Armando Mijangos Robles.