I.7o.T.15 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRESCRIPCION EXTINTIVA DE LA ACCION. PRIORIDAD EN EL ESTUDIO DE LA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 586
Si bien es verdad que el quejoso opuso excepción de prescripción del derecho del patrón para cesarlo, sin embargo, debe tomarse en cuenta que el patrón también opuso la excepción de prescripción del ejercicio de la acción, la que resultó procedente; por tanto, para que la excepción opuesta por el actor pueda ser estudiada, es requisito indispensable que su acción la intente con oportunidad, so pena de que si no lo hizo así, su excepción de prescripción no tiene prioridad, atento a que es parte de la acción ejercitada.
SEPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 5527/95. Angel Román Pacheco. 15 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Hernández Saldaña. Secretaria: Sofía Verónica Avalos Díaz.