XX.22 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
RECURSO DE QUEJA. PROCEDENCIA DEL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 602
Si la Sala responsable al pronunciar nueva sentencia, en cumplimiento a una ejecutoria pronunciada por el Tribunal Colegiado respectivo, toma en consideración elementos de convicción, los cuales, no fueron materia de análisis en sentencia reclamada, es claro que con ello se excedió en el cumplimiento de la ejecutoria de amparo, y por ello, debe considerarse fundado el recurso de queja.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 12/95. Luis Pineda Guzmán. 8 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Noé Gutiérrez Díaz.