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XX.28 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO EN EL JUICIO DE AMPARO. DEBE SUSTANCIARSE EN LA VIA INCIDENTAL LA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 649

Precedentes

Queja 20/95. Fernando Humberto Rodríguez Sibriano, apoderado de la Herradura del Suchiate, S.P.R. de R.L. 16 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Víctor Alberto Jiménez Santiago.

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