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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 26 de septiembre de 2012, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 279/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

VI.2o.15 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
204694
Clave de tesis
VI.2o.15 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 658

TIERRAS DE USO COMUN. CAMBIO DE DESTINO DE LAS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 658

Precedentes

Amparo en revisión 313/95. Carlota Ruiz Romero y otra. 28 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo. Nota: Por ejecutoria del 26 de septiembre de 2012, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 279/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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Registro digital (IUS): 204694