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I.2o.A. J/2 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común

RESPONSABILIDAD OFICIAL, QUEJA ADMINISTRATIVA POR. EL DENUNCIANTE CARECE DE LEGITIMACION PARA PROMOVER AMPARO.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 392

Precedentes

Amparo en revisión 82/85. Imelda Godínez Pérez. 16 de abril de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: María Antonieta Azuela de Ramírez. Secretario: Guillermo Cruz García. Amparo en revisión 3312/90. Compañía P.G., S.A. 9 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: María Antonieta Azuela de Ramírez. Secretario: Francisco de Jesús Arreola Chávez. Amparo en revisión 1792/93. Rubén Fabián Figueroa Ontiveros. 9 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretario: Mario Flores García. Amparo en revisión 2802/94. Manuel García Salomón. 12 de diciembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretario: Mario Flores García. Amparo en revisión 1792/95. Antonio Alejandro Mora Jiménez. 13 de julio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretario: Mario Flores García. Nota: Por ejecutoria de fecha 6 de diciembre de 2002, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 141/2002 en que participó el presente criterio.

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