VII.P.12 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
COHECHO. CASOS EN LOS QUE NO SE COMETE EL DELITO DE.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Julio de 1995; Pág. 223
Si los servidores públicos involucrados actúan en forma arbitraria al llevar al cabo la conducta que observaron, es claro que el hecho de que el inculpado les ofrezca dinero o dádivas para que cesen en esa conducta no puede considerarse que persiga el fin de que los mismos dejen de hacer algo lícito o ilícito relacionado con sus funciones, lo que implica que no puede válidamente sostenerse que en las condiciones apuntadas se configure el delito de cohecho.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 55/95. Ignacio Hernández León. 2 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto González Bozziere. Secretario: Jorge Manuel Pérez López.