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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 27 de junio de 2012, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 310/2011 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

I.3o.C.29 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
204782
Clave de tesis
I.3o.C.29 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Julio de 1995; Pág. 233

EMPLAZAMIENTO. LEGALIDAD DEL, NO PUEDE DESVIRTUARSE LA FE PUBLICA DEL ACTUARIO CON UNA CERTIFICACION CARENTE DE VALIDEZ.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Julio de 1995; Pág. 233

Precedentes

Amparo directo 3153/95. Inmobiliaria Berfa, S.A. 15 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Manuel Rosales Silva. Nota: Por ejecutoria del 27 de junio de 2012, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 310/2011 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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