VI.2o. J/16 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
EMPLAZAMIENTO. REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL PATRON CUANDO RECLAMA LA ILEGALIDAD DEL.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Julio de 1995; Pág. 129
En los casos en que se reclama la ilegalidad del emplazamiento en un juicio laboral, teniendo el quejoso el carácter de patrón, no basta que se limite a manifestar que no fue emplazado legalmente, sino que es necesario, por no estar permitida la suplencia de la queja a su favor, que formule razonamientos jurídicos y concretos para demostrar la ilegalidad de la diligencia en la que aparece que sí fue notificado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 16/90. Armando Huerta Sánchez. 9 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Vicente Martínez Sánchez.
Amparo en revisión 11/91. Guadalupe Morales Campos y otros. 29 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez.
Amparo en revisión 147/92. José Winston Samuel Ojeda Arroyo y otros. 9 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.
Amparo en revisión 539/93. Sindicato Unico de Trabajadores de la Música del Estado de Puebla, Sección 53 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de la República Mexicana. 23 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Vicente Martínez Sánchez.
Amparo en revisión 239/95. Armando Héctor Ponce García. 24 de mayo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca.