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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 26 de enero de 2022, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inexistente la contradicción de tesis 188/2020, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que no existe un punto de toque o contacto entre las sentencias de los Tribunales Colegiados contendientes, pues no analizaron un mismo tipo de problema jurídico a resolver.

XII.1o.1 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
204903
Clave de tesis
XII.1o.1 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Junio de 1995; Pág. 392

ACTO RECLAMADO. CONOCIMIENTO DEL. EN LO PERSONAL Y COMO REPRESENTANTE LEGAL DE UNA EMPRESA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Junio de 1995; Pág. 392

Precedentes

Amparo en revisión 40/95. Urbanizadora y Edificadora del Humava, S.A. de C.V. 20 de abril de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Romero Morrill. Secretario: Enrique Luis Barraza Uribe. Nota: Por ejecutoria del 26 de enero de 2022, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inexistente la contradicción de tesis 188/2020, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que no existe un punto de toque o contacto entre las sentencias de los Tribunales Colegiados contendientes, pues no analizaron un mismo tipo de problema jurídico a resolver.

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Registro digital (IUS): 204903