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V.2o.4 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

SUSPENSION EN EL AMPARO DIRECTO. APLICACION IMPROCEDENTE DE LA GARANTIA EXHIBIDA EN DIVERSO AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Junio de 1995; Pág. 548

Precedentes

Queja 1/95. Transportes Mineros de México, S. A. de C. V. y Compañía Minera de Cananea, S. A. de C. V. 23 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Alicia Rodríguez Cruz. Secretario: Juan Carlos Luque Gómez. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 90/2000 resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 21/2001, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, junio de 2001, página 293, con el rubro: " SUSPENSIÓN EN AMPARO EN MATERIA LABORAL. DEBE NEGARSE POR EL MONTO QUE SEA NECESARIO PARA ASEGURAR LA SUBSISTENCIA DEL TRABAJADOR DURANTE LA TRAMITACIÓN DE CADA UNO DE LOS JUICIOS DE GARANTÍAS PROMOVIDOS POR EL PATRÓN EN CONTRA DE LAUDOS SUCESIVOS QUE BENEFICIAN A AQUÉL ."