VI.3o.2 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
TESTIMONIAL, PRUEBA. OBLIGACION DE EXHIBIR EL INTERROGATORIO, PARA EL DESAHOGO DE LA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Junio de 1995; Pág. 555
La obligación para el oferente de la prueba de anexar el interrogatorio al tenor del cual deben ser examinados los testigos, contenida en la
fracción III, del artículo 813 de la Ley Federal del Trabajo
, debe entenderse cuando la testimonial ha de desahogarse por exhorto si así lo solicita el propio oferente, por radicar las personas propuestas como testigos, fuera del lugar de jurisdicción de la Junta, y no cuando éste se comprometa a presentarlos ante la Junta el día y hora para su desahogo, ya que en todo caso, si no los presentare, el perjudicado sería él mismo.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 142/95. Checa, S. A. de C. V. 6 de abril de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Olivia Heiras de Mancisidor. Secretaria: Florida López Hernández.