XV.1o. J/4Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Penal
ASEGURAMIENTO DE BIENES INMUEBLES POR EL MINISTERIO PUBLICO EN AVERIGUACION PREVIA. ES PROCEDENTE CONCEDER LA SUSPENSION DEFINITIVA TRATANDOSE DE.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Mayo de 1995; Pág. 239
Tratándose de aseguramiento de bienes inmuebles por el Ministerio Público en una averiguación previa, no se contravienen disposiciones de orden público al concederse la suspensión definitiva para que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran al otorgarse dicha medida cautelar, ya que subsiste el aseguramiento hasta en tanto se resuelve el fondo del amparo, pues a lo que conlleva esta medida es únicamente a prevenir que el peticionario de garantías no sufra daños jurídicos o materiales de difícil o imposible reparación, lo que ocurriría si las autoridades responsables remataran o transmitieran la propiedad en favor de terceros, o sustrajeran los bienes que en los inmuebles se encontraran, salvo que sean objetos o bienes vinculados con hechos delictuosos o sustancias u objetos prohibidos por la ley, porque en tratándose de bienes inmuebles es obvio que no pueden ocultarse y en consecuencia desvanecer la prueba o pruebas que con ellos se pretendan llevar al procedimiento penal.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 147/94. Agente del Ministerio Público Federal. 15 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Molina Torres. Secretaria: Elia Muñoz Aguilar.
Amparo en revisión 277/94. Agente del Ministerio Público Federal. 28 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Molina Torres. Secretaria: Elia Muñoz Aguilar.
Amparo en revisión 289/94. Agente del Ministerio Público Federal. 28 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Molina Torres. Secretaria: Oralia Barba Ramírez.
Amparo en revisión 287/94. Agente del Ministerio Público Federal y otra. 14 de octubre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Fernando Reyes Colín. Secretario: Angel Rodríguez Rico.
Amparo en revisión 37/95. Agente del Ministerio Público Federal. 28 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Angel Morales Hernández. Secretaria: Concepción Roano Sánchez.