I.5o.T.3 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
SALARIO, CUANDO EL PATRON DEJA DE ESTAR OBLIGADO A SU PAGO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Mayo de 1995; Pág. 405
Si durante el tiempo que se ha prefijado en el pacto laboral, en un momento dado el trabajador deja de acatar la principal de sus obligaciones, como lo es desempeñar las actividades para las que se le contrató, sin justificación alguna, ello no es otra cosa distinta que incumplimiento de su parte, lo que releva al patrón de cubrir el salario respectivo, como una consecuencia lógica y jurídica, al no recibir la labor que le impone a solventar el haber.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 11135/94. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 21 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Martín Borrego Dorantes.