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I.1o.T. J/1 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

PRUEBA CONFESIONAL. NO ES EL MEDIO LEGAL PARA ACREDITAR LA NATURALEZA DE UN CONTRATO DE TRABAJO.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Marzo de 1995; Pág. 61

Precedentes

Amparo directo 1531/88. Banco Mexicano Somex, S.A. 26 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: Teresa Sánchez Medellín. Amparo directo 1091/89. Daniel Maldonado Payro. 13 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Angel Salazar Torres. Amparo directo 5911/91. Petróleos Mexicanos. 10 de julio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: Ma. Guadalupe Villegas Gómez. Amparo directo 8091/91. Secretario de Educación Pública. 29 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Gilberto León Hernández. Amparo directo 751/95. Amado García Mendoza y otros. 9 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: Teresa Sánchez Medellín. Nota: Por ejecutoria de fecha 10 de septiembre de 2004, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 101/2004-SS en que participó el presente criterio.

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