Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/205441
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
P. XLI/94Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
205441
Clave de tesis
P. XLI/94
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Núm. 81, Septiembre de 1994; Pág. 40

QUEJA, SUPLENCIA DE LA (ARTICULO 76 BIS, FRACCION II, DE LA LEY DE AMPARO). SUS LIMITES EN LA INTERPOSICION DE RECURSOS EN MATERIA PENAL.

[TA]; 8a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Núm. 81, Septiembre de 1994; Pág. 40

Precedentes

Amparo directo en revisión 60/93. Consulta respecto al trámite que debe seguir el recurso de queja interpuesto por Daniel Durán García. 19 de abril de 1994. Mayoría de doce votos. Ponente: Atanasio González Martínez. Secretario: Alfonso Soto Martínez. El Tribunal Pleno en su sesión privada celebrada el martes seis de septiembre en curso, por unanimidad de quince votos de los señores Ministros Presidente Ulises Schmill Ordóñez, Ignacio Magaña Cárdenas, Miguel Montes García, Carlos Sempé Minvielle, Diego Valadés Ríos, Noé Castañón León, José Antonio Llanos Duarte, Samuel Alba Leyva, Clementina Gil de Lester, Atanasio González Martínez, José Manuel Villagordoa Lozano, Fausta Moreno Flores, Carlos García Vázquez, Mariano Azuela Güitrón y Juan Díaz Romero: aprobó, con el número XLI/94, la tesis que antecede; y determinó que la votación no es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. Ausentes: Carlos de Silva Nava, Felipe López Contreras, Ignacio Moisés Cal y Mayor Gutiérrez, Luis Fernández Doblado, Sergio Hugo Chapital Gutiérrez y Victoria Adato Green. México, Distrito Federal, a nueve de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro.
Registro digital (IUS): 205441