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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
P. LXXV/93Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
205525
Clave de tesis
P. LXXV/93
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Núm. 71, Noviembre de 1993; Pág. 44

LEY FEDERAL DE DERECHOS. SU ARTICULO 287 QUE ESTABLECE LOS DERECHOS POR EL USO O APROVECHAMIENTO DEL ESPACIO AEREO CONGESTIONADO, VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.

[TA]; 8a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Núm. 71, Noviembre de 1993; Pág. 44

Precedentes

Amparo en revisión 778/92. Servicios Aéreos Alfa, S.A. de C.V. 7 de octubre de 1993. Mayoría de diez votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Raúl Alberto Pérez Castillo. El Tribunal Pleno en su sesión privada celebrada el jueves cuatro de noviembre en curso, por unanimidad de quince votos de los señores Ministros Presidente Ulises Schmill Ordóñez, Carlos de Silva Nava, José Trinidad Lanz Cárdenas, Miguel Montes García, Noé Castañón León, Luis Fernández Doblado, José Antonio Llanos Duarte, Victoria Adato Green, Samuel Alba Leyva, Ignacio Moisés Cal y Mayor Gutiérrez, José Manuel Villagordoa Lozano, Fausta Moreno Flores, Carlos García Vázquez, Mariano Azuela Güitrón y Juan Díaz Romero: aprobó, con el número LXXV/93, la tesis que antecede; y determinó que la votación no es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. Ausentes: Ignacio Magaña Cárdenas, Sergio Hugo Chapital Gutiérrez, Atanasio González Martínez, Clementina Gil de Lester y Felipe López Contreras. México, Distrito Federal, a ocho de noviembre de mil novecientos noventa y tres.
Registro digital (IUS): 205525