Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/205578
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
P. XIX/93Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
205578
Clave de tesis
P. XIX/93
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Núm. 63, Marzo de 1993; Pág. 27

INACTIVIDAD PROCESAL, SOBRESEIMIENTO POR. EL TRAMITE DE UN INCIDENTE COMPETENCIAL INTERRUMPE EL TERMINO DE LA.

[TA]; 8a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Núm. 63, Marzo de 1993; Pág. 27

Precedentes

Amparo en revisión 1772/90. Miguel Chávez Aguirre y otros. 9 de septiembre de 1992. Mayoría de diez votos. Ponente: Clementina Gil de Lester. Secretario: Francisco de Jesús Arreola Chávez. El Tribunal Pleno en su sesión privada celebrada el martes nueve de marzo en curso, por unanimidad de veinte votos de los señores ministros Presidente Ulises Schmill Ordóñez, Carlos de Silva Nava, Ignacio Magaña Cárdenas, José Trinidad Lanz Cárdenas, Miguel Montes García, Noé Castañón León, Felipe López Contreras, Luis Fernández Doblado, José Antonio Llanos Duarte, Victoria Adato Green, Samuel Alba Leyva, Ignacio Moisés Cal y Mayor Gutiérrez, Clementina Gil de Lester, Atanasio González Martínez, José Manuel Villagordoa Lozano, Fausta Moreno Flores, Carlos García Vázquez, Mariano Azuela Güitrón, Juan Díaz Romero y Sergio Hugo Chapital Gutiérrez: aprobó, con el número XIX/93, la tesis que antecede; y determinó que la votación no es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a diez de marzo de mil novecientos noventa y tres.
Registro digital (IUS): 205578