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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
P./J. 24/90 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 205862
- Clave de tesis
- P./J. 24/90
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 51
ACTIVO DE LAS EMPRESAS, IMPUESTO AL. EL ARTICULO 6o. DE LA LEY, AL ESTABLECER EXENCIONES, NO COARTA LA LIBERTAD DE TRABAJO.
[J]; 8a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 51
La circunstancia de que el artículo 6o. de la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas exente del pago del tributo a diversas categorías de causantes, no viola, en perjuicio de los no exentos, la garantía de libertad de trabajo que establece el artículo 5o. constitucional, pues la exención no impide a éstos dedicarse a la industria, comercio o trabajo lícitos que les acomode. La obligación de contribuir para los gastos públicos que establece la ley reclamada, representa una carga tributaria, pero no coarta la libertad de trabajo.
Precedentes
Amparo en revisión 2865/89. Fabricantes y Vendedores de Productos para el Hogar, S.A. 3 de octubre de 1990. Unanimidad de diecinueve votos de los señores ministros de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Adato Green, Martínez Delgado, Gil de Lester, González Martínez, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y Presidente del Río Rodríguez en lo que se refiere a la revocación de la sentencia recurrida; y por mayoría de dieciocho votos de los señores ministros de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Adato Green, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y Presidente del Río Rodríguez en lo que se refiere a negar el amparo respecto de los artículos 1o. a 4o. de la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas, votó en contra González Martínez; por mayoría de trece votos de los señores ministros Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Adato Green, Martínez Delgado, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, y Presidente del Río Rodríguez en lo que se refiere a negar el amparo respecto del artículo 5o. de dicha ley, votaron en contra de Silva Nava, Gil de Lester, González Martínez, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero y Schmill Ordóñez; por mayoría de quince votos de los señores ministros de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Adato Green, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, y Presidente del Río Rodríguez en relación con la negativa del amparo respecto del artículo 6o. de la misma ley, votaron en contra González Martínez, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero y Schmill Ordóñez; y por mayoría de diecisiete votos de los señores ministros: de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Adato Green, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, y Presidente del Río Rodríguez en lo que se refiere a negar el amparo respecto del artículo 7o. de dicha ley; votaron por el otorgamiento del amparo González Martínez y Schmill Ordóñez. Ausentes: Azuela Güitrón y Rodríguez Roldán. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Adriana Campuzano de Ortiz.
Amparo en revisión 3161/90. Central de Contabilidades, S.A. de C.V. 14 de noviembre de 1990. Mayoría de diecinueve votos de los señores ministros: de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Azuela Güitrón, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y Presidente del Río Rodríguez se resolvió, en la materia de la revisión, revocar la sentencia recurrida y negar el amparo en relación con los artículos 1o., 2o., 3o., 4o., 8o. y 10o. y del Primero al Quinto Transitorios de la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas, González Martínez votó en contra; por mayoría de quince votos de Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez y Presidente del Río Rodríguez, en relación con el artículo 5o., de Silva Nava, Azuela Güitrón, González Martínez, Díaz Romero y Schmill Ordóñez votaron en contra; por mayoría de dieciséis votos de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez y Presidente del Río Rodríguez en relación con el artículo 6o., Azuela Güitrón, González Martínez, Díaz Romero y Schmill Ordóñez votaron en contra; y por mayoría de dieciocho votos de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Azuela Güitrón, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero y Presidente del Río Rodríguez, en relación con los artículos 7o. y 9o., González Martínez, y Schmill Ordóñez votaron en contra. Azuela Güitrón y Rodríguez Roldán manifestaron su inconformidad con las consideraciones del proyecto; Chapital Gutiérrez y Schmill Ordóñez externaron la de ellos con algunas de éstas. Ausente: Adato Green. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Jorge Antonio Cruz Ramos.
Amparo en revisión 4001/90. Raíces Palmitas, S.A. 14 de noviembre de 1990. Mayoría de diecinueve votos de los señores ministros: de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Azuela Güitrón, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y Presidente del Río Rodríguez se resolvió, en la materia de la revisión, revocar la sentencia recurrida y negar el amparo en relación con los artículos 1o., 2o., 3o., 4o., 8o. y 10o. y del Primero al Quinto Transitorios de la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas, González Martínez votó en contra; por mayoría de quince votos de Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez y Presidente del Río Rodríguez, en relación con el artículo 5o., de Silva Nava, Azuela Güitrón, González Martínez, Díaz Romero y Schmill Ordóñez votaron en contra; por mayoría de dieciséis votos de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez y Presidente del Río Rodríguez en relación con el artículo 6o., Azuela Güitrón, González Martínez, Díaz Romero y Schmill Ordóñez votaron en contra; y por mayoría de dieciocho votos de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Azuela Güitrón, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero y Presidente del Río Rodríguez, en relación con los artículos 7o. y 9o., González Martínez y Schmill Ordóñez votaron en contra. Rocha Díaz manifestó que votó en favor de los puntos resolutivos del proyecto, pero no de las consideraciones que los sustentan, sino por las que contendrá el voto particular que formulará en el amparo en revisión 2679/89, ya resuelto por el Tribunal Pleno. Gil de Lester externó que, aun cuando en asuntos similares ha votado por la concesión del amparo respecto del artículo 5o. de la ley impugnada, votó por la negativa del amparo, en adhesión a la opinión mayoritaria del Tribunal Pleno. Azuela Güitrón y Rodríguez Roldán manifestaron inconformidad con las consideraciones del proyecto; y Chapital Gutiérrez y Schmill Ordóñez externaron la de ellos con algunas de éstas. Ausente: Adato Green. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Jorge Antonio Cruz Ramos.
Amparo en revisión 4035/90. Inmobiliaria Huitzilihuitl, S.A. de C.V. 14 de noviembre de 1990. Mayoría de diecinueve votos de los señores ministros: de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Azuela Güitrón, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y Presidente del Río Rodríguez se resolvió, en la materia de la revisión, revocar la sentencia recurrida y negar el amparo en relación con los artículos 1o., 2o., 3o., 4o., 8o. y 10o. y del Primero al Quinto Transitorios de la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas, González Martínez votó en contra; por mayoría de quince votos de Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez y Presidente del Río Rodríguez, en relación con el artículo 5o., de Silva Nava, Azuela Güitrón, González Martínez, Díaz Romero y Schmill Ordóñez votaron en contra; por mayoría de dieciséis votos de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez y Presidente del Río Rodríguez en relación con el artículo 6o., Azuela Güitrón, González Martínez, Díaz Romero y Schmill Ordóñez votaron en contra; y por mayoría de dieciocho votos de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Azuela Güitrón, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero y Presidente del Río Rodríguez, en relación con los artículos 7o. y 9o., González Martínez y Schmill Ordóñez votaron en contra. Rocha Díaz manifestó que votó en favor de los puntos resolutivos del proyecto, pero no de las consideraciones que los sustentan, sino por las que contendrá el voto particular que formulará en el amparo en revisión 2679/89, ya resuelto por el Tribunal Pleno. Gil de Lester externó que, aun cuando en asuntos similares ha votado por la concesión del amparo respecto del artículo 5o. de la ley impugnada, votó por la negativa del amparo, en adhesión a la opinión mayoritaria del Tribunal Pleno. Azuela Güitrón y Rodríguez Roldán manifestaron inconformidad con las consideraciones del proyecto; y Chapital Gutiérrez y Schmill Ordóñez externaron la de ellos con alguna de éstas. Ausente: Adato Green. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Jorge Antonio Cruz Ramos.
Amparo en revisión 4063/90. Inmobiliaria Terres, S.A. 14 de noviembre de 1990. Mayoría de diecinueve votos de los señores ministros: de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Azuela Güitrón, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y Presidente del Río Rodríguez, se resolvió, en la materia de la revisión, respecto a revocar la sentencia recurrida y negar el amparo en relación con los artículos 1o.,2o.,3o.,4o.,8o.y 10o., y del Primero al Quinto Transitorios de la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas, el señor ministro González Martínez votó en contra; por mayoría de quince votos de los señores ministros: Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez y Presidente del Río Rodríguez en relación con el artículo 5o., contra el voto de los señores ministros de Silva Nava, Azuela Güitrón, González Martínez, Díaz Romero y Schmill Ordóñez; por mayoría de dieciséis votos de los señores ministros: de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez y Presidente del Río Rodríguez en relación con el artículo 6o., contra el voto de los señores ministros Azuela Güitrón, González Martínez, Díaz Romero y Schmill Ordóñez, y por mayoría de dieciocho votos de los señores ministros: de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Azuela Güitrón, Alba Leyva, Castañón León, López Contreras, Fernández Doblado, Llanos Duarte, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gil de Lester, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, García Vázquez, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero y Presidente del Río Rodríguez en relación con los artículos 7o. y 9o., contra el voto de los señores ministros González Martínez y Schmill Ordóñez. El señor ministro Rocha Díaz manifestó que votó en favor de los puntos resolutivos del proyecto, pero no de las consideraciones que lo sustentan, sino por las que contendrá el voto particular que formulará en el amparo en revisión 2679/89, ya resuelto por el Tribunal Pleno. La señora ministra Gil de Lester externó que, aun cuando en asuntos similares ha votado por la concesión del amparo respecto del artículo 5o. de la ley impugnada, votó por la negativa del amparo, en adhesión a la opinión mayoritaria del Tribunal Pleno. Los señores ministros Azuela Güitrón y Rodríguez Roldán manifestaron inconformidad con las consideraciones del proyecto; y Chapital Gutiérrez y Schmill Ordóñez externaron la de ellos con algunas de éstas. Ausente: Adato Green. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Jorge Antonio Cruz Ramos.
Tesis de jurisprudencia 24/1990, aprobada por el Tribunal en Pleno en Sesión Privada, celebrada el miércoles veintiuno de noviembre en curso, por unanimidad de veinte votos de los señores ministros; Presidente Carlos del Río Rodríguez, Carlos de Silva Nava, Ignacio Magaña Cárdenas, Salvador Rocha Díaz, Mariano Azuela Güitrón, Samuel Alba Leyva, Noé Castañón León, Felipe López Contreras, Luis Fernández Doblado, José Antonio Llanos Duarte, Victoria Adato Green, José Martínez Delgado, Clementina Gil de Lester, Atanasio González Martínez, José Manuel Villagordoa Lozano, Fausta Moreno Flores, Carlos García Vázquez, Sergio Hugo Chapital Gutiérrez, Juan Díaz Romero y Ulises Schmill Ordóñez. Ausente: Santiago Rodríguez Roldán. México, D. F., a 28 de noviembre de 1990.