Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/205956
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXII/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 205956
- Clave de tesis
- XXII/89
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 51
COOPERACION, CUOTAS DE. LA LEY DE PLANEACION Y URBANIZACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA DE 1971, RESPETA LA GARANTIA DE AUDIENCIA.
[TA]; 8a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 51
Los artículos 84 a 92 de esa ley, respetan la garantía de audiencia, pues establecen un procedimiento en virtud del cual, antes de determinarse las cuotas de cooperación, se cita a los propietarios afectados a una junta, en la que debe informárseles ampliamente sobre todos los aspectos de la obra y oír sus puntos de vista, proveyéndose, también, que cuando un mínimo del treinta por ciento de los afectados se opongan, pueden designar una comisión que formule por escrito las objeciones y aporte las pruebas pertinentes, a las que debe recaer resolución, reuniéndose con todo ello etapas procesales que respeten debidamente la garantía de que se trata.
Precedentes
Amparo en revisión 8081/81. Inocencio del Prado Morales. 18 de abril de 1989. Mayoría de catorce votos de los señores ministros: Magaña Cárdenas, Rocha Díaz, Alba Leyva, Azuela Güitrón, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Adato Green, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, González Martínez, Suárez Torres, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero y Presidente del Río Rodríguez; los señores ministros: de Silva Nava y Schmill Ordóñez votaron en contra, y los señores ministros Castañón León, López Contreras, Villagordoa Lozano y Moreno Flores, votaron en contra y por el estudio de la probable caducidad. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot.
Tesis XXII/1989, aprobada por el Tribunal en Pleno, en Sesión Privada celebrada el martes nueve de mayo de 1989, por unanimidad de diecinueve votos de los señores ministros: de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Alba Leyva, Azuela Güitrón, López Contreras, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Adato Green, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Carpizo Mac Gregor, González Martínez, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, Suárez Torres, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y Presidente del Río Rodríguez. Ausentes: Rocha Díaz y Castañón León. México, Distrito Federal a dieciséis de mayo de 1989.