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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 206008
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 29
PREDIAL. CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 20, PRIMER PARRAFO, DE LA LEY DE HACIENDA DEL DISTRITO FEDERAL (VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 1983), POR OTORGAR A LOS CONTRIBUYENTES SEGURIDAD JURIDICA.
[TA]; 8a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 29
Al establecer el párrafo primero del artículo 20 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal (vigente a partir del 1o. de enero de 1983), que las modificaciones al impuesto predial, motivadas por cambio de valor de los inmuebles, entrarán en vigor a partir del bimestre siguiente al en que se realiza dicho cambio, no pueden considerarse inconstitucionales, toda vez que no infringen el principio de legalidad en materia impositiva, sino por lo contrario: tienen por objeto otorgar seguridad a los contribuyentes, al tomar éstos conocimientos certero de la fecha en que se les aplicarán las citadas modificaciones.
Precedentes
Amparo en revisión 1543/87. Catalina Valencia Alvarez. 25 de octubre de 1988. Mayoría de once votos de los señores ministros: Azuela Güitrón, Díaz Infante, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Adato Green, Martínez Delgado, Gutiérrez de Velasco, Villagordoa Lozano, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero y Schmill Ordóñez; contra el voto de los señores ministros: de Silva Nava, Castañón León, González Martínez, Moreno Flores y Presidente del Río Rodríguez. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretaria: María Eugenia Martínez Cardiel.