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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 206033
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 18
CODIGO DE COMERCIO Y CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL, EXPEDIDOS Y PROMULGADOS POR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA MEDIANTE FACULTADES EXTRAORDINARIAS. NO ES NECESARIO PARA EL ESTUDIO DE SU CONSTITUCIONALIDAD LLAMAR A JUICIO AL CONGRESO DE LA UNION.
[TA]; 8a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 18
Para el examen de la constitucionalidad del Código de Comercio y del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, no es necesario llamar a juicio al Congreso de la Unión, porque éste no intervino en la expedición y promulgación de dichos ordenamientos, toda vez que el Código de Comercio fue expedido el quince de septiembre de mil ochocientos ochenta y nueve, por el Presidente de la República, apoyándose en las facultades extraordinarias que le concedió el órgano legislativo por decreto de cuatro de junio de mil ochocientos ochenta y siete, comenzando a regir el primero de enero de mil ochocientos noventa. El Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, en igual forma, fue expedido por el Ejecutivo Federal el treinta de agosto de mil novecientos treinta y dos, en uso de las facultades extraordinarias concedidas por el Congreso de la Unión, mediante decreto de treinta y uno de diciembre de mil novecientos treinta y uno, entrando en vigor este último ordenamiento el primero de octubre de mil novecientos treinta y dos.
Precedentes
Amparo en revisión 6967/87. Claudio Ignacio Andrade Torres. 2 de junio de 1988. Unanimidad de diecinueve votos de los señores Ministros: de Silva Nava, López Contreras, Cuevas Mantecón, Alba Leyva, Azuela Güitrón, Castañón León, Díaz Infante, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Adato Green, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, González Martínez, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, Suárez Torres, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y Presidente del Río Rodríguez. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretaria: María Eugenia Martínez Cardiel.