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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206048
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 35

LEYES, AMPARO CONTRA. EFECTOS DE LA SENTENCIA PROTECTORA QUE SE PRONUNCIE.

[TA]; 8a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 35

Precedentes

Amparo en revisión 5232/86. Vitrocrisa Toluca, S.A. 30 de junio de 1988. Mayoría de diez votos de los Ministros: de Silva Nava, Cuevas Mantecón, Alba Leyva, Azuela Güitrón, Pavón Vasconcelos, Adato Green, Martínez Delgado, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez; en contra de los votos de los Ministros: López Contreras, Castañón León, Rodríguez Roldán, Gutiérrez de Velasco, González Martínez, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, Suárez Torres y del Río Rodríguez. Fue Ponente el Señor Ministro: Noé F. Castañón León, y se encargó el engrose al Señor Ministro Juan Díaz Romero, con la colaboración de los Ministros Carlos de Silva Nava y Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Carlos Ronzón Sevilla.
Registro digital (IUS): 206048