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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
1a./J. 4/93JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206135
Clave de tesis
1a./J. 4/93
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 71, Noviembre de 1993; Pág. 13

ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS. LEY FEDERAL DE.

[J]; 8a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 71, Noviembre de 1993; Pág. 13

Precedentes

Contradicción de tesis 8/92. Entre las sustentadas por el Primer y Segundo Tribunales Colegiados del Quinto Circuito, con residencia en Hermosillo, Sonora. 7 de junio de 1993. Mayoría de tres votos. En contra del voto de la Ministra Victoria Adato Green. Ausente: Luis Fernández Doblado. Ponente: Clementina Gil de Lester. Secretario: Alvaro Tovilla León. Tesis de Jurisprudencia 4/93. Aprobada por la Primera Sala de este alto Tribunal, en sesión del nueve de agosto de mil novecientos noventa y tres, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: Presidente Ignacio M. Cal y Mayor Gutiérrez, Luis Fernández Doblado, Victoria Adato Green, Samuel Alba Leyva y Clementina Gil de Lester.
Registro digital (IUS): 206135