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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
1a. XIV/92Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 206152
- Clave de tesis
- 1a. XIV/92
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 47
COMPETENCIA, DELITO DE DAÑO EN PROPIEDAD AJENA COMETIDO EN VEHICULOS PROPIEDAD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, CORRESPONDE CONOCER DE EL A UN JUEZ DE DISTRITO.
[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 47
Si se ejercita acción penal en contra de un presunto responsable en la comisión del delito de daño en propiedad ajena ocasionado a un vehículo propiedad del Instituto Mexicano del Seguro Social, corresponde conocer de la causa penal a un juez de Distrito, por virtud de que la seguridad social que ejerce dicho Instituto, en términos del artículo 3o. de la ley que los rige, está catalogada como un servicio público de carácter nacional y de conformidad con el artículo 5o. de la misma ley el repetido Instituto es un organismo público descentralizado, por tanto, el daño sufrido en su patrimonio fue en menoscabo de un bien afecto a la satisfacción del servicio público federal que presta como organismo público descentralizado, detrimento patrimonial que está previsto como delito federal en la fracción I, inciso i) del artículo 51 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. En las condiciones apuntadas, carece de relevancia dilucidar la naturaleza jurídica de los bienes que integran el patrimonio del Instituto Mexicano del Seguro Social, esto es, si forman o no parte de la Federación.
Precedentes
Competencia 135/92. Suscitada entre el Juez Segundo de lo Penal en Villahermosa, Tabasco y el Juez Primero de Distrito en el Estado de Tabasco. 31 de agosto de 1992. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Victoria Adato Green. Secretaria. Idalia Peña Cristo.