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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
1a./J. 1/92 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206161
Clave de tesis
1a./J. 1/92
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 54, Junio de 1992; Pág. 11

TRABAJO EN FAVOR DE LA COMUNIDAD, NO ES UN BENEFICIO EL.

[J]; 8a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 54, Junio de 1992; Pág. 11

Precedentes

Contradicción de tesis 21/89. Entre las sustentadas por el Primero y Segundo Tribunales Colegiados en Materia Penal del Primer Circuito. 13 de enero de 1992. Mayoría de 4 votos, con voto en contra de la señora Ministra Victoria Adato Green. Ponente: Clementina Gil de Lester. Secretario: José Luis Guzmán Barrera. Tesis de Jurisprudencia 1/92. Aprobada por la Primera Sala de este alto Tribunal en sesión privada de primero de junio de mil novecientos noventa y dos, por unanimidad de cinco votos de los señores ministros: Presidente Santiago Rodríguez Roldán, Luis Fernández Doblado, Victoria Adato Green, Samuel Alba Leyva y Clementina Gil de Lester. México, Distrito Federal, a dos de junio de mil novecientos noventa y dos. Nota: Esta tesis también aparece publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo II, Materia Penal, Primera Parte, tesis 360, pág. 199.
Registro digital (IUS): 206161