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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
1a. XIX/91Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 206177
- Clave de tesis
- 1a. XIX/91
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 57
COMPETENCIA. CASO EN QUE CORRESPONDE AL FUERO FEDERAL.
[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 57
Cuando en el auto de término constitucional un Juez Federal, dicta formal prisión a varios procesados, estimándolos como copartícipes de un delito del orden federal y otro delito del orden común, y con posterioridad respecto del segundo de esos delitos declina su competencia en relación a uno o algunos de los procesados en favor de un juez del fuero común, en virtud de haber sobreseído el proceso por el delito citado en primer término, el conflicto competencial que surja de la negativa del citado juez del fuero común para conocer de la causa respectiva, se debe resolver declarando competente al juez federal declinante, porque además de que éste sigue sosteniendo su competencia en relación con los restantes procesados para conocer de ambos delitos, conforme al contenido de los artículos 13 del Código Penal Federal y 473, fracción III, del Código Federal de Procedimientos Penales, es conveniente que un mismo juez conozca de hechos atribuidos a varios procesados como copartícipes de los mismos, por economía procesal y a fin de no dividir la continencia de la causa y evitar la posibilidad de sentencias contradictorias.
Precedentes
Competencia 150/90. Suscitada entre los Jueces Tercero de lo Criminal del Primer Partido Judicial de Guadalajara, Jalisco y Juez Sexto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco. 21 de enero de 1991. 5 votos. Ponente: Clementina Gil de Lester. Secretaria: Teresa Irma Fragoso Pérez.