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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206226
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 95

SENTENCIA DE AMPARO. INCIDENTE DE INEJECUCION DE LA. NO PROCEDE DECRETAR LA CADUCIDAD PROCESAL EN EL.

[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 95

Precedentes

Incidente de inejecución 23/55. Manuel López Carbajal. 12 de febrero de 1990. 5 votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Secretario: Roberto Terrazas Salgado.
Registro digital (IUS): 206226