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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206259
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 253

LEYES, AMPARO CONTRA. CADUCIDAD DE LA INSTANCIA EN EL RECURSO DE REVISION INTERPUESTO POR UNA DE LAS AUTORIDADES QUE INTERVINIERON EN SU FORMACION.

[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 253

Precedentes

Amparo en revisión 7270/85. Mariscos Casamar, S. A. de C. V. Propietaria del restaurante "Mariscos Casamar". 10 de enero de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Samuel Alba Leyva. Secretario: Manuel Baraibar Constantino. Informe 1989, pág. 44. Amparo en revisión 1128/85. Nicolás Chao Chong, propietario del Restaurante "Panchos Café". 7 de diciembre de 1988. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Samuel Alba Leyva. Secretario: Carlos Arellano Hobelsberger.
Registro digital (IUS): 206259